El Tribunal Constitucional español decidió no admitir por ahora el recurso presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión provisional del derecho al voto de personas nacionalizadas por la llamada “ley de nietos”.
La resolución tuvo 10 votos a favor y 2 en contra. La mayoría consideró que todavía no se agotó la vía judicial ordinaria: el Tribunal Supremo dio plazo hasta este jueves para que las personas afectadas se presenten y formulen sus alegaciones frente a la suspensión cautelar.
El Gobierno expresó su respeto por la decisión y remarcó que el Constitucional no se pronunció sobre el fondo del asunto, porque el proceso continúa en el Supremo.
El reclamo y las elecciones
El Defensor del Pueblo, institución encabezada por Ángel Gabilondo, había pedido medidas cautelares para que las personas alcanzadas por la suspensión pudieran votar en las elecciones generales del 29 de noviembre. La mayoría de los magistrados entendió que el Constitucional no debía intervenir mientras el procedimiento siga abierto en el Supremo.
A comienzos de septiembre, el Supremo suspendió provisionalmente las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes, que agrupa a los votantes españoles en el extranjero. La medida se mantendrá hasta que los consulados acrediten que quienes obtuvieron la nacionalidad por esa vía son descendientes de españoles exiliados por razones políticas u otras.
La disposición de la Ley de Memoria Democrática
La llamada “ley de nietos” forma parte de la Ley de Memoria Democrática de 2022. La norma permite solicitar la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles que sufrieron el exilio por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación sexual.
El plazo para presentar solicitudes venció hace un año. Para tramitarlas, el Gobierno aprobó una instrucción que presume la condición de exiliadas de las personas que salieron de España entre 1936, cuando comenzó la Guerra Civil, y 1955, durante la dictadura de Francisco Franco. Por ese motivo, no era necesario presentar documentación para probar el exilio.
La disposición buscaba reconocer y reparar a quienes no habían sido admitidos bajo la ley anterior, de 2007, y agilizar el trámite de las solicitudes. También recibió cuestionamientos por el posible uso electoral de la medida.
El movimiento político Iustitia Europa y el partido Vox, de extrema derecha, recurrieron la instrucción. Luego, el Supremo suspendió de forma cautelar las inscripciones en el censo electoral de las personas alcanzadas, unos 163.000 casos que podrían incidir en el resultado de las elecciones.






