El proyecto de Ley de Competitividad Financiera, impulsado por el ministro Federico Sturzenegger, ingresó a la Cámara de Diputados y obtuvo estado parlamentario. La iniciativa, que contiene más de 225 artículos, fue girada a Legislación General, como comisión cabecera, y a Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas y Presupuesto y Hacienda.
El texto propone modificar distintas normas para, según su formulación, “eliminar restricciones injustificadas que obstaculizan el acceso y el ejercicio de actividades económicas y profesionales, promover la libre competencia y el funcionamiento eficiente de los mercados, y profundizar en el camino de fortalecer la seguridad jurídica y la libertad económica”.
Los cambios alcanzan, entre otras normas, al Código Civil y Comercial, las leyes de Mercado de Capitales, del Cheque, de Tarjetas de Crédito, de Warrants y de Financiamiento Productivo, al régimen de Prenda con Registro, a las disposiciones sobre certificados de depósito a plazo fijo y al Impuesto a las Ganancias.
Activos digitales y pagarés
La iniciativa habilita la emisión, el registro y la negociación de valores negociables mediante blockchain. De ese modo, reconoce la tokenización con validez legal plena.
También propone permitir pagarés ajustados por inflación o por el dólar. La normativa vigente exige que indiquen una “suma determinada”, mientras que el proyecto admitiría montos calculados a partir de índices objetivos y verificables. Además, crea el pagaré producto o en especie, que podría canjearse por bienes fungibles físicos, como granos y minerales.
Prendas y cobros con tarjeta
El proyecto modifica el decreto ley de Prenda con Registro de 1946 y amplía los bienes que pueden ofrecerse como garantía. La lista incluiría bienes muebles, activos digitales, derechos de propiedad intelectual, participaciones societarias y flujos de fondos futuros, entre otros. La reforma permitiría, por ejemplo, prendar software.
La propuesta crea además una prenda flotante sin límite temporal, que permitiría garantizar una obligación con un stock variable sin identificar cada bien. El texto menciona su alcance para el retail, los supermercados y la prenda de acciones futuras. También elimina el requisito de contar con la conformidad del primer acreedor para constituir una segunda prenda.
En el caso de las tarjetas de crédito, el cupón de cada operación se convertiría en un título ejecutivo, endosable y negociable en el mercado de capitales, que podría ejecutarse contra el banco emisor. La iniciativa busca que los comercios puedan adelantar el cobro mediante un descuento, como sucede con un cheque, en lugar de esperar entre 8 y 18 días y con una tasa menor que la actual.
El texto también permitiría endosar los plazos fijos de más de 365 días y negociarlos en mercados secundarios bajo la competencia de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Según el proyecto, la alternativa evitaría que los ahorristas cancelen el depósito antes de tiempo y pierdan intereses, y que los bancos afronten rescates anticipados. La iniciativa sostiene que el cambio contribuiría a extender los plazos de los depósitos.
Modificaciones al mercado de capitales
La propuesta modifica 109 artículos de la Ley de Mercado de Capitales. Entre otros puntos, incorpora el principio de “neutralidad tecnológica”, elimina la exigencia de soporte en papel y busca despejar dudas sobre la validez de los activos digitales como títulos valores.
También suma el principio de “inclusión financiera”, con trámites simplificados y el uso de nuevas tecnologías para facilitar el acceso. En materia de protección al inversor, plantea garantizar información plena y veraz, sin que eso implique eliminar los riesgos.
El proyecto elimina a las asociaciones sindicales de la lista de sujetos a promover y crea la figura del Agente de Custodia, Registro y Pago (ACRyP). Además, la CNV dejaría de ser un ente autárquico descentralizado y pasaría a funcionar como organismo desconcentrado dentro del Ministerio de Economía, con autonomía funcional y financiera y un directorio de autoridades.
La iniciativa también deroga el decreto de 1943 sobre planes de ahorro para la compra de autos, lo que pondría fin a las Sociedades de Capitalización y Ahorro.
Financiamiento productivo e impuestos
Sobre la Ley de Financiamiento Productivo para PyMEs de 2018, el proyecto indica que esa vía representa actualmente el 2,3% del financiamiento y que nunca superó el 4%. La reforma habilitaría la negociación directa mediante herramientas informáticas, sin intervención de un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC).
Los instrumentos negociables también podrían abarcar más que las Facturas de Crédito Electrónicas (FCE): se incorporarían cheques, pagarés, warrants, letras de cambio, títulos electrónicos y otros instrumentos digitales que defina la autoridad de aplicación.
En materia impositiva, los CEDEAR tributarían el Impuesto a las Ganancias como si se hubiera comprado directamente la acción extranjera. El objetivo señalado en el proyecto es evitar que el ahorro local se dirija a activos externos con exenciones fiscales.
Los Fondos Comunes de Inversión (FCI) inmobiliarios dejarían de estar restringidos a la vivienda social y podrían incluir cualquier vivienda y crédito hipotecario. Además, se permitiría diferir el pago de Ganancias cuando se aporte un terreno a un fideicomiso, hasta la liquidación de las cuotapartes recibidas.
Rechazo de Unión por la Patria
El bloque de diputados nacionales de Unión por la Patria anticipó su rechazo general y denunció la presencia de “varios caballos de Troya”. Su jefe, Germán Martínez, escribió en X: “Otra ley ómnibus de 240 artículos. Seguramente con varios Caballos de Troya. Pero en el primer análisis anticipo que detrás del pomposo título de “reforma del mercado de capitales” esconden un IMPUESTO A LA RENTA FINANCIERA”.







